Pacto por el Mar Menor manifiesta su perplejidad ante la publicación de la Consejería de Fomento e Infraestructuras del 5 de febrero en la que se declara que “los estudios de dinámica de litoral desvelan que la afección de las estructuras portuarias al Mar Menor son nulas” ante la caducidad de concesión y renovación de la gestión de estas
A los CN de Los Nietos, Los Urrutias y Los Alcázares recomiendan “realizar un pequeño dragado puntual de mantenimiento del entorno para evitar acumulación de sedimentos”.
Esta declaración de Fomento se contradice con el Informe de asesoramiento técnico del Instituto Español de Oceanografía de marzo 2020 sobre la afección que cada puerto causa en su entorno tal como podemos leer en la página 102:
“Una de las actividades humanas que sin duda han contribuido significativamente a transformar la configuración de la zona costera del Mar Menor, ha sido la construcción desde la década de los años 1970 (García Ayllón, 2018). Estas estructuras son principalmente los puertos deportivos y las playas artificiales… tienen en común un impacto significativo sobre el medio marino consistente principalmente en: (a) La destrucción directa e irreversible del fondo marino, (b) La alteración de la dinámica litoral y (c) el deterioro de la calidad del agua y la emisión de contaminantes…
…la instalación de una estructura en la línea de costa modifica el patrón local de oleaje y corrientes. En el Mar Menor, los ejemplos más destacables de este tipo de alteración son los causados por los puertos deportivos de Los Nietos y Los Urrutias. Ambos puertos fueron construidos con un diseño “puerto-isla”, separado de la línea de costa por una pasarela o puente que en teoría debería permitir el paso de agua y del sedimento. Sin embargo, la alteración de la dinámica litoral causada por estas construcciones ha causado con el paso del tiempo una acreción de arena en esta zona de conexión que ha dado lugar a una estructura de tombolización.
Esta alteración de hidrodinamismo y de la dinámica sedimentaria favorece la acumulación de sedimentos finos y materia orgánica que tiene como resultado el enfangamiento y anoxia del sedimento.”
Por todo lo anterior Pacto por el Mar Menor, exige un estudio previo serio e independiente, por parte de la CARM, que dictamine cuál es la afectación de estos puertos a la dinámica del litoral y que establezca las obras o modificaciones necesarias que se deben realizar en estas instalaciones portuarias, antes de otorgar una nueva concesión de uso y explotación de estos puertos, tal como se establece en la ley 3/2020 de Recuperación y Protección del Mar Menor.
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