Desde el PSOE se denuncia la falta de explicaciones dadas por el PP y Joaquín Buendía para aprobar una subida del más del 13% del IBI mientras no se plantean propuestas de mejoras a los problemas de transporte público, suciedad y mantenimiento de calles o reducción del gasto en publicidad, eventos y subidas de sueldos
Alcantarilla a 29 de diciembre de 2023.- En Pleno Extraordinario Urgente Telemático celebrado a las 12:30 de este jueves 28 de diciembre, el Alcalde Joaquín Buendía y los 12 concejales del PP convocaban de forma express y con solo dos horas de antelación a la Corporación y aprobaban la urgencia de un Pleno Extraordinario y el rechazo a las alegaciones del PSOE a la subida de tributos Municipales para el 2024. De este modo el PP y el Sr. Buendía consiguen la entrada en vigor este próximo 1 de enero de las nuevas Ordenanzas Fiscales que van a suponer una subida desproporcionada de los impuestos de titularidad municipal para equilibrar las cuentas de los Presupuestos Municipales para el 2024.
La Portavoz y Secretaria General del PSOE de Alcantarilla, Lara Hernández, registró dentro del plazo permitido y en nombre de su Grupo Municipal, alegaciones para impedir la aprobación definitiva de la modificación de las Ordenanzas fiscales de los impuestos de Bienes Inmuebles (IBI) e Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), aprobado de forma provisional, gracias a la mayoría absoluta del PP en Alcantarilla, en pleno extraordinario celebrado el pasado 8 de noviembre, con el voto en contra de los cinco concejales socialistas, pero, de nuevo, el rodillo del Equipo de Gobierno de Buendía ha pasado por encima de los socialista y sus alegaciones en otro pleno extraordinario convocado también con una urgencia injustificada.
Los socialistas alegaban que “no se indica en el Anuncio Publicado en el BORM, el pasado día 10 de noviembre de 2023, por el que se publicita la Aprobación inicial de la modificación de las ordenanzas fiscales de los impuestos: Bienes inmuebles (IBI) e incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), la forma y el lugar, de los establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 02/10/2015), el que pueden presentarse las alegaciones o reclamaciones por lo que entendemos inhabilita el procedimiento ya que puede considerar como indefensión de los ciudadanos y debe volver a efectuarse la publicación indicando con claridad y precisión tales aspectos, ya que en consonancia con múltiples sentencias: “la indeterminación de los medios de presentación de las alegaciones, que no permite a los interesados conocer con certeza cómo deben ejercitar su derecho, puede suponer una indefensión para los mismos””
En el caso de la resolución del Ayuntamiento, se indicaba que los interesados podrían examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimasen oportunas en las dependencias municipales. Sin embargo, “no se especificaba si las alegaciones o reclamaciones debían presentarse de forma presencial, por correo postal o por medios electrónicos. Esta falta de claridad podría dificultar el ejercicio del derecho de los ciudadanos a participar en el procedimiento de información pública, ya que no sabrían con certeza cómo debían presentar sus alegaciones o reclamaciones. Esto podría haber supuesto una indefensión para los ciudadanos, ya que pueden haber perdido la oportunidad de expresar sus opiniones o formular las objeciones que considerasen oportunas.” En este sentido, la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha señalado que la falta de publicidad de los trámites administrativos puede vulnerar el derecho de los ciudadanos a la participación en los asuntos públicos.
Era importante que el procedimiento se llevase a cabo de manera transparente y que se respetasen los derechos de los ciudadanos en cada etapa del mismo, cosa que no se garantizaba en la publicación que adolecía de este defecto procedimental. Por lo tanto, el Ayuntamiento de Alcantarilla debería haber modificado la resolución de información pública para especificar la forma y el lugar de presentación de las alegaciones o reclamaciones. De esta manera, sí que se hubiese garantizado el derecho de los ciudadanos a participar en el procedimiento y se habrían evitado situaciones de indefensión.
La Portavoz Socialista aclara que, “esta subida de impuestos desde luego no es ninguna “inocentada” y nunca ha sido explicada a los vecinos y vecinas de Alcantarilla. Fue aprobada con alevosía y gracias únicamente a la mayoría absoluta del PP en nuestro Ayuntamiento, en un pleno extraordinario y con una urgencia injustificada con la que nunca estuvimos de acuerdo. Evitando siempre el foco de la opinión publica. Votamos en contra aquel día porque no sólo estamos en contra de esta subida de tributos abusiva a los ciudadanos, sino que nos parece el colmo de la desfachatez plantearlo siquiera después de haber aprobado con sus mismos votos el aumento de los sueldos del Equipo de Gobierno, o sea los de ellos mismos.”
“No se había realizado correctamente el procedimiento en la publicación y entendíamos por tanto que había podido darse una clara indefensión para los ciudadanos al no precisar la resolución los medios de presentación de las alegaciones. Presentamos alegaciones para que se procediese a la anulación del acto administrativo y se procediese de nuevo a su publicación tras corregir estos errores. Sin embargo, el PP ha convocado de nuevo, con una urgencia del todo desmedida e injustificada, un pleno extraordinario telemático, con solo dos horas de antelación y solo con el fin de rechazar nuestras alegaciones. Todo con tal de que la subida de impuestos planeada pueda ser efectiva desde el mismo 1 de enero próximo, a pesar de no poder justificar debidamente la urgencia y de servir tan solo para atender los sobrecostes de su propia mala gestión o la subida de los sueldos del alcalde y sus concejales. Cuesta decir Feliz 2024 después de saber que los alcantarilleros vamos a empezar el año nuevo pagando más impuestos municipales que en 2023.”
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