El Ayuntamiento de Molina de Segura y la asociación ASTRADE suscriben un convenio para la realización de prácticas profesionales no laborales en las instalaciones y servicios municipales

El acuerdo fue presentado ayer miércoles 8 de febrero, en el Salón de Plenos municipal

El convenio de colaboración suscrito entre el Ayuntamiento de Molina de Segura y la asociación ASTRADE para la realización de prácticas profesionales no laborales en las instalaciones y servicios del Consistorio molinense fue presentado en rueda de prensa, ayer miércoles 8 de febrero, en el Salón de Plenos municipal. Han asistido el alcalde de la localidad, Eliseo García Cantó, el vicepresidente de ASTRADE, Javier Ruiz de la Torre, la directora de Vida Adulta de ASTRADE, Aracelli Abellán Escrivá, y la concejala de Recursos Humanos, Isabel Gadea Martínez.

El convenio, con una vigencia de un año, prorrogable, y tiene por objeto la colaboración entre el Ayuntamiento y ASTRADE para posibilitar a las personas con trastorno del espectro autista, o diagnósticos similares, la realización de prácticas profesionales no laborales en las instalaciones y servicios del Ayuntamiento de Molina de Segura.

El alcalde ha remarcado que “las administraciones públicas estamos para promover y facilitar iniciativas como esta, que permitan remover barreras y obstáculos y facilitan el acceso al mercado laboral de personas que suponen un valioso capital humano para la economía de la comunidad, al tiempo que se favorece la igualdad de oportunidades y, lo que considero más importante: sensibilizar a la sociedad y empleadores del potencial laboral que presentan los adultos con TEA”.

Serán candidatos a participar en los programas de prácticas todas aquellas personas con TEA, o diagnósticos similares, que estén inscritos en el Servicio de Empleo y Formación de la Región de Murcia y respondan al desarrollo de un itinerario profesional personalizado, bajo la tutorización de la orientadora laboral de ASTRADE. Esta propondrá al Ayuntamiento un número determinado de beneficiarios para la realización de prácticas, habiendo realizado previamente el análisis del puesto de trabajo y estudiado la adecuación de los distintos perfiles.

El período de duración de las prácticas se determinará entre ambas partes, dependiendo de las características de los participantes y la disponibilidad de la entidad. La evaluación, organización y seguimiento de las prácticas se realizará por un preparador laboral que ASTRADE nombrará a tal efecto. ASTRADE se compromete expresamente a comunicar la identidad del preparador laboral una vez que el beneficiario haya sido seleccionado para participar en el programa de prácticas. Asimismo, se informará a este último acerca del preparador de las prácticas con carácter previo a su incorporación al programa. Será cometido del preparador laboral la supervisión de la formación de la persona en prácticas, con el objeto de garantizar el óptimo aprovechamiento por parte de este último dentro de la entidad.

Las personas beneficiarias acogidas al presente Convenio estarán sujetas al régimen y horarios fijados, de común acuerdo, por los representantes designados por ASTRADE y el Ayuntamiento.

La relación que, como consecuencia del presente convenio, se derive entre las personas participantes y el Ayuntamiento no tendrá, en ningún caso, carácter laboral, de modo que no se derivarán obligaciones de tal naturaleza.